Examen Periódico Universal (EPU)
Establecido por Asamblea General en el 2006, el Examen Periódico Universal es un examen que realiza el Grupo de Trabajo del Consejo de Derechos Humanos de los registros sobre derechos humanos de los Estados. En un ciclo de cuatro o cinco años, cada Estado Miembro de la ONU es examinado y recibe recomendaciones de otros Estados a las que debe responder e informar sobre los progresos realizados.
Desde el principio del proceso de EPU, la prohibición de castigo corporal ocupó un lugar destacado, confirmando su carácter fundamental en las obligaciones de los Estados bajo las leyes internacionales de derechos humanos. La Iniciativa Global realiza informes para el EPU de cada Estado que aún no haya prohibido todo castigo corporal a los niños, monitorea el alcance del problema durante los exámenes y lleva adelante un programa de seguimiento.
Recomendaciones contra los castigos corporales
En el primer ciclo del EPU (12 sesiones entre 2008 y 2011) se examinaron los registros de derechos humanos de 194 Estados. Se planteó la obligación de prohibir el castigo corporal en relación a 95 Estados, de los cuales por lo menos 47 aceptaron las recomendaciones para hacerlo. En el segundo ciclo (14 sesiones entre 2012 y 2016), se recomendó la prohibición del castigo corporal a 112 Estados, aceptada por 52 Estados. En el tercer ciclo (cuatro sesiones hasta ahora), se recomendó la prohibición del castigo corporal a 37 Estados, aceptada por 23. En total, para septiembre del 2018, de los Estados que aún no prohibieron el castigo corporal, 120 recibieron recomendaciones para hacerlo durante los EPU, y 66 ya las aceptaron. Estas respuestas positivas proporcionan oportunidades a las ONG, instituciones de derechos humanos, agencias de la ONU y otros para promover la reforma legal para prohibir el castigo corporal.
Oportunidades de promoción
Una minoría de Estados declaran abiertamente su defensa del castigo corporal a los niños y rechazan las recomendaciones referidas a su prohibición. Otros brindan información que es cuestionada por la iniciativa Global, por ejemplo afirmando que la ley existente protege adecuadamente a los niños contra el castigo corporal y que no es necesario realizar ninguna reforma. En estos Estados, donde los gobiernos malinterpretan la legislación o se oponen activamente a la reforma legal, las instituciones de derechos humanos, ONG y otros defensores de los derechos del niño tal vez necesiten considerar el uso de acciones legales y de mecanismos internacionales y regionales de quejas o comunicaciones de derechos humanos para buscar la reforma legal. La iniciativa Global está siempre disponible para prestar consejo y asistencia técnica: correo electrónico secretariat@end-violence.org
"Resulta muy satisfactorio que el EPU esté prestando atención a este tema y que se den tantas recomendaciones para que los Estados rindan cuentas por su obvia obligación en relación a los derechos humanos de prohibir todo castigo violento contra los niños. Es aún más satisfactorio que muchos Estados hayan aceptado las recomendaciones de prohibición. Esperamos un seguimiento sistemático en los sucesivos ciclos del examen."
(Paulo Sérgio Pinheiro, experto independiente asignado por el Secretario General de la ONU para liderar el Estudio sobre la Violencia contra los Niños de la ONU, hablando en un debate penal durante la 15ta sesión del EPU, en 2013)
Más información
- Los detalles de las recomendaciones del EPU y las respuestas de los Estados se incluyen en el informe individual del país para el Estado en cuestión
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